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martes, 8 de junio de 2021

Candidato que aventaja en Perú, contundente: no al aborto, no al matrimonio igualitario y no al consumo de marihuana




“Yo vengo de una familia que me ha inculcado valores y me ha criado con las uñas cortadas y eso lo voy a trasladar a mi pueblo”, afirmó el docente rural y ex líder sindical que se acerca a la Presidencia de Perú.

El candidato presidencial de Perú Pedro Castillo acostumbra a citar pasajes bíblicos cuando apela a la moral para justificar su rechazo al aborto, al matrimonio homosexual, al consumo de marihuana y a la eutanasia.

En una entrevista televisiva durante su campaña antes de la primera vuelta de las elecciones el 11 de abril, el maestro de escuela rural que salió del anonimato hace cuatro años como líder de una huelga nacional fue claro es sus posturas sobre estos temas que podrían debatirse pronto en el Congreso peruano.

“Para nada legalizaría el aborto”, afirmó Castillo en un reportaje de la cadena RPP. “Vamos a trasladar a la Asamblea Nacional Constituyente que se debata, pero personalmente no estoy de acuerdo”, advirtió el candidato por el partido Perú Libre.

“¿La eutanasia? También que se traslade pero tampoco estoy de acuerdo. ¿El matrimonio igualitario para personas del mismo sexo? Peor todavía. Primero la familia. Estas dos instituciones, que son la familia y la escuela, deben ir de la mano”, remarcó el diálogo de Castillo con el periodista Jaime Chincha.

Y agregó: “¿Legalizar la marihuana? Por supuesto que no. Al contrario. Lo que tenemos que hacer es que con todos los derechos constitucionales y las organizaciones... vamos a ver de qué manera contribuimos al Perú para que la riqueza del país sea para todos los peruanos”.

“Yo vengo de una familia que me ha inculcado valores y me ha criado con las uñas cortadas y eso lo voy a trasladar a mi pueblo. Primero es el pueblo, primera es la familia y primero es el país que me ha parido para defenderlo”, concluyó Castillo la exposición para justificar su postura.

Gane quien gane el polarizado ballotage presidencial del domingo entre Pedro Castillo y Keiko Fujimori, Perú seguirá manteniendo un perfil conservador con el rechazo a legislar sobre aborto, matrimonio homosexual e identidad de género.

En lo único que coinciden ambos candidatos -ideológicamente en las antípodas-, es en la defensa de la “familia tradicional” recurriendo incluso a referencias bíblicas. Fujimori es católica, igual que Castillo, cuya esposa es evangélica.

Y, aunque la hija del encarcelado ex presidente Alberto Fujimori defiende el libre mercado y el maestro de escuela rural aboga por un papel económico activo del Estado, ambos tienen más coincidencias que diferencias en los temas que forman parte de la agenda del siglo XXI en muchos países.

Ambos son antiaborto, defienden la noción de familia tradicional -conformada por un hombre y una mujer-, y no dan importancia a los derechos de la comunidad LGBTI. Los dos se oponen además a legalizar la marihuana y la eutanasia. A ello se suma el cuestionamiento del enfoque de género en la educación sexual en las escuelas, un tema contra el que las Iglesias católica y evangélica hacen causa común en Perú.

domingo, 7 de abril de 2019

Critican fallo e Perú que reconoce "matrimonio" gay contraído en Estados Unidos


CRITICAN FALLO EN PERÚ QUE RECONOCE “MATRIMONIO” GAY CONTRAÍDO EN ESTADOS UNIDOS 

(ACI Prensa).- Un vocero del colectivo de Padres en Acción criticó la sentencia judicial que ordenó al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) del Perú reconocer el “matrimonio” homosexual contraído por dos mujeres en Estados Unidos, una figura que no existe en el país. 

El 4 de abril de 2019 se hizo pública la sentencia del Décimo Primer Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima que ordena a la RENIEC inscribir el “matrimonio” homosexual de Susel Paredes y Gracia María Aljovín, realizado en Miami (Estados Unidos) el 4 de agosto de 2016. 

El 6 de febrero de 2017 la RENIEC ya había rechazado el pedido de la pareja para inscribir su partida de matrimonio otorgada en el país norteamericano. 

En su resolución, la RENIEC expresa que el rechazo se debe a que el artículo 2347 del Código Civil prescribe que “el matrimonio es la unión voluntariamente concertada por un varón y una mujer, y al ser la de las solicitantes la unión concertada de dos mujeres, no es eficaz”. La RENIEC también indicó que aunque la unión civil homosexual es válida en Estados Unidos, “no lo es en el territorio peruano”. 

No obstante, el juzgado respondió en su sentencia que “aún cuando el Código Civil es una norma cronológicamente anterior a la Constitución vigente, debe observarse que tanto la actual Constitución, como la de 1979, en este extremo de la diferencia de sexos de los contrayentes, no hace precisión alguna”. 

Luego del fallo del juzgado, la RENIEC se negó a emitir opinión alguna. 

“Por respeto a la autonomía de nuestra Procuraduría Pública, la que no ha sido notificada oficialmente a la fecha, no realizaremos ningún pronunciamiento sobre el tema por el momento”, dijo la RENIEC en su cuenta en Twitter el 5 de abril. 

Un vocero del colectivo de Padres en Acción explicó a ACI Prensa que el “argumento principal” del juzgado para aprobar el matrimonio gay “se ciñe a normativas internacionales que son norma interna para Perú como la Convención Americana de Derechos Humanos o la CEDAW, que buscan la igualdad entre el varón y la mujer”. 

“No se ciñen (los juzgados) directamente a los tratados, sino que luego, en las interpretaciones que se hacen de los mismos, como es el caso de la Convención Americana de Derechos Humanos, la interpretación última de la Corte Interamericana de Derechos Humanos es admitir el matrimonio entre homosexuales basado en el espíritu de la Convención”, indicó el vocero. 

Sin embargo, afirmó que tal interpretación representa “una desnaturalización gigantesca de la Convención y no es vinculante para Perú”. “Lo que ha hecho la sala es desconocer los tratados en sí mismos y usar interpretaciones que no son vinculantes para Perú como si lo fueran y desconoce la normativa interna”, agregó. 

El vocero del colectivo denunció que el juzgado no aplicó el Código Civil y la Constitución Política que definen la naturaleza del matrimonio y, por lo tanto, su actuar “es ilegítimo, ilegal e inconstitucional”. 

“La sala está yendo en contra del ordenamiento jurídico porque es falso que no se defina de manera vinculante que el matrimonio es una unión entre varón y mujer. El Código Civil ata a la RENIEC para reconocer la unión hombre-mujer y no existe norma ni en el derecho internacional privado que obligue al Perú a reconocer un acto jurídico como es el matrimonio, cuando no es reconocible dentro del país”. 

Finalmente, el vocero indicó que la RENIEC y los organismos estatales debería apelar el fallo porque “es su deber al estar vinculados por ley”. 

Desde 2013 diversos colectivos han intentado legalizar el matrimonio homosexual en Perú. Ese año se presentó un proyecto de ley de unión civil homosexual, que diversos expertos denunciaron como un matrimonio encubierto. 

La propuesta legislativa fue rechazada por el Congreso de Perúen marzo de 2015. 

Los congresistas homosexuales Carlos Bruce y Alberto de Belaúnde presentaron un proyecto similar en noviembre de 2016. 

La Constitución peruana, en su artículo 4, señala que la comunidad y el Estado "protegen a la familia y promueven el matrimonio", y el Código Civil, en su artículo 234, explica que "el matrimonio es la unión voluntariamente concertada por un varón y una mujer legalmente aptos para ella". 

Fuente, ACI prensa 

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